Preocupa en el sector inmobiliario el infundado cuestionamiento a los inversores
Un reciente fallo en Paraná destaca que las sociedades entre corredores matriculados y empresas sin matrícula son legales. Se profundiza la necesidad de contar con reglas claras para los emprendedores.
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Entre Ríos está entre las provincias que con mayor urgencia necesitan dinero que ingrese a la matriz productiva. En nuestra provincia, el empleo privado cayó un 3.6% en los últimos dos años. Por eso, el gobernador Rogelio Frigerio empezó el 2026 con la mira puesta en la Agencia de Desarrollo de Entre Ríos, una nueva área que pondrá el foco en obtener inversiones.
Sin embargo, hay diversas industrias en las que esos esfuerzos están resultando infructuosos. Una de ellas es el real estate, sector en que la política anti-franquicias y anti-redes que desde hace años mantiene el Colegio de Inmobiliarios de Entre Ríos se ha vuelto un verdadero problema para los planes de Frigerio.
No obstante, recientemente la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná falló contra esa institución por diversas arbitrariedades, así como una grave violación del Debido Proceso y el Derecho de Defensa. Los camaristas evidenciaron serias fallas en una decisión administrativa del Colegio de Entre Ríos por la que le revocaron la matrícula en 2025 al corredor Leonardo Nicolás Ponce, quien decidió trabajar con una empresa que brinda servicios inmobiliarios complementarios.
Ponce solicitó una medida cautelar para restablecer su derecho a trabajar, argumentando que el organismo actuó de forma arbitraria y sin permitirle ejercer su derecho de defensa. Los jueces consideraron que el profesional ya poseía un derecho adquirido al haber ejercido la actividad durante meses sin objeciones previas. La medida dictada por la Cámara se fundamenta principalmente en la protección de los derechos adquiridos del profesional y en la ilegitimidad del procedimiento utilizado para dar de baja su matrícula.
En ese sentido, el tribunal señaló que, al otorgarle la matrícula y permitir que el profesional ejerciera durante más de siete meses, el derecho a trabajar se incorporó a su patrimonio como un derecho adquirido. Según advirtieron, un acto administrativo que otorga derechos subjetivos y ha sido ejecutado es, por regla general, irrevocable en sede administrativa.
En definitiva, los camaristas consideraron que el Colegio excedió sus límites al actuar de forma arbitraria contra sus propios actos anteriores firmes y legítimos. Así, la Justicia ordenó la suspensión de la resolución que daba la baja, permitiendo que el corredor continúe trabajando.
El hecho se suma a otros similares, en los que el Colegio de Corredores de Entre Ríos ha pretendido abortar la posibilidad de que personas humanas o jurídicas sin título ni matrícula de corredor inmobiliario realicen actividades propias del corretaje inmobiliario contratando un corredor matriculado. En diferentes fallos, la Justicia ha concluído que sí se permite la existencia de sociedades entre corredores y personas sin matrícula, siempre que el corredor matriculado sea el responsable de las operaciones.
Tal como advierten diversos analistas, los fallidos intentos judiciales del Colegio solo han demorado la llegada de inversionistas y emprendedores al sector inmobiliario. Si bien existe un creciente interés de varias marcas por desembarcar en la provincia, el enfoque del Colegio de Inmobiliarios resulta un foco de conflicto. Desde el gobierno entrerriano saben que se trata de inversiones necesarias y, de hecho, prosperan las franquicias de otros rubros, como alimentos y blanquería.
De cara a un año en que las franquicias marcarán nuevamente el pulso de la economía en todo el país, la importancia de reglas claras para los corredores y empresarios que buscan invertir y desarrollarse en Entre Ríos se impone en la provincia.

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