Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos: el Consejo Directivo rechazó el pedido de adelanto en la transición
La presidenta del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos, María Paula Armándola, confirmó que la institución respondió formalmente al pedido realizado por las autoridades electas el pasado 27 de diciembre —correspondientes a la Lista GIER— para anticipar el traspaso de la conducción del organismo.
Según informó Armándola, el Consejo Directivo contestó por escrito la notificación notarial recibida el 2 de diciembre, en la cual la nueva conducción pretendía fijar de manera unilateral una fecha para realizar el acto de transición institucional y exigía un plazo de 48 horas para la entrega total de la documentación administrativa, contable, bancaria, disciplinaria y operativa del Colegio.
La respuesta fue contundente: “el requerimiento carece de sustento normativo”. El Consejo argumentó que ni la Ley Provincial Nº 9739 ni el Reglamento Interno otorgan a las autoridades electas la potestad de establecer fechas, imponer plazos o solicitar información antes de asumir formalmente sus cargos.
El marco legal y la continuidad del mandato
En su exposición, el Consejo Directivo recordó que la normativa vigente establece con claridad la duración del mandato. El Artículo 25 de la Ley Nº 9739 dispone que los integrantes del Consejo “durarán en sus cargos dos (2) años”.
El actual Consejo asumió el 1 de enero de 2023, lo que significa que mantiene sus funciones y atribuciones plenas hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, fecha en que concluye legalmente su período de gestión.
“Es recién a partir de ese momento que las autoridades electas se encuentran habilitadas para asumir y ejercer la conducción institucional”, indicó la respuesta formal.
Asimismo, el Consejo remarcó que la comunicación remitida por la Lista GIER no constituye un “requerimiento” en términos jurídicos, sino una imposición “carente de base legal y sin efecto vinculante”, dado que proviene de personas que aún no revisten la condición de autoridades en ejercicio.
Un mes destinado al traspaso ordenado
La institución enfatizó que la Ley Nº 9739, en una interpretación razonable, prevé que el mes posterior a las elecciones debe destinarse a la preparación del traspaso, garantizando una transición ordenada y respetuosa de los tiempos legales.
En esa línea, se confirmó que la asunción de las nuevas autoridades se realizará el viernes 2 de enero de 2026 a las 10 horas, primer día hábil posterior a la finalización del actual mandato, en la sede institucional del Colegio.
“Dicha fecha permite concluir el mandato legal hasta el día 31/12 y cumplir con los días administrativos necesarios para el cierre de ejercicio y la preparación del acto de traspaso”, precisó el documento.
Compromiso con la transición, pero dentro del marco legal
En el cierre de la comunicación oficial, el Consejo Directivo dejó en claro su disposición a colaborar con una transición institucional completa y transparente, pero señaló que lo hará únicamente dentro de los plazos y formas previstos por la ley.
El texto remarca: “Se deja expresa constancia de que el Consejo Directivo cumplirá absolutamente con la transición institucional, conforme a la ley y en resguardo del interés de los colegiados, pero no en base a requerimientos unilaterales sin fundamento normativo”.

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