Separan aspirante a agente penitenciario por sus vínculos con conocido narco
Mediante un decreto, el gobierno provincial desestimó su apelación y confirmó la exclusión del curso que desarrollaba en el campus de Villaguay, al considerar incompatible la omisión de ese lazo con las exigencias del servicio.
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El gobierno de Entre Ríos rechazó un recurso de apelación presentado por Francisco Exequiel Orundes Ayala, quien había sido separado del Curso de Formación Profesional de Agentes Penitenciarios que se dicta en la Escuela de Agentes Penitenciarios “Sargento Adolfo Emilio Reynoso” de Villaguay.
La medida fue oficializada mediante el decreto Nº 769/2026, publicado en el Boletín Oficial, en el que se confirma en todos sus términos la resolución de la Dirección General del Servicio Penitenciario que dispuso su baja en septiembre de 2025.
El aspirante había solicitado su reincorporación al curso y el pago de haberes, al considerar que la decisión administrativa había sido tomada “en contradicción con la normativa vigente, sin motivación y sin respetar el procedimiento”. Sin embargo, tras el análisis del caso, los organismos técnicos y jurídicos coincidieron en rechazar el planteo.
Según se detalla en el decreto, la separación se originó a partir de una investigación interna que detectó un vínculo familiar entre el aspirante y un interno alojado en una unidad penal, identificado como Daniel Andrés “Tavi” Celis, conocido por liderar una red narco criminal de Entre Ríos, que incluso siguió encabezando durante un tiempo cuando ya se encontraba tras las rejas y gozaba de salidas transitorias, lo que puso un límite al beneficio. Esa relación no había sido informada por el postulante al momento de su ingreso.
En ese sentido, se señala que “se pudo acreditar que el aspirante había estado vinculado familiarmente con un interno”, situación que “omitió notificar al Servicio Penitenciario, previo a su ingreso al curso”, lo que tornó “imposible su continuidad”.
Además, el propio Orundes Ayala reconoció durante su declaración que no había comunicado ese vínculo, lo que fue considerado un elemento relevante en la evaluación de su conducta.
Desde el punto de vista normativo, el decreto remarca que este tipo de situaciones puede afectar el funcionamiento institucional, ya que “podría generar en el futuro circunstancias que comprometan o dificulten el adecuado desempeño de sus funciones”, en relación a los principios de imparcialidad y seguridad dentro del sistema penitenciario.
También se aclaró que los aspirantes no revisten como empleados públicos sino como becarios, por lo que no corresponde el pago de salarios como reclamaba el recurrente, ya que la percepción de la beca está sujeta a la permanencia en el curso, condición que no se cumplía en este caso.
Por otra parte, los dictámenes incorporados al expediente concluyen que no hubo irregularidades en el procedimiento administrativo. Incluso se remarca que el aspirante “tuvo la posibilidad real y efectiva de ejercer su derecho de defensa” y que fue debidamente notificado de las actuaciones.
Con estos fundamentos, el decreto firmado por el gobernador Rogelio Frigerio y el ministro de Seguridad y Justicia, Néstor Roncaglia, resolvió rechazar la apelación y ratificar la validez de la baja dispuesta oportunamente.

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