Proponen cambios a la Ordenanza Impositiva para ajustar intereses ante la inflación
El Concejo Deliberante se encuentra estudiando en comisiones un proyecto de ordenanza enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal, con el objetivo de modificar los artículos 69º y 70º de la Ordenanza Impositiva Anual vigente (Nº 1732).
Actualmente, la normativa establece la alícuota de interés compensatorio anual del 140%, del interés punitorio anual del 210% y un interés de financiación para los planes de pago de 120% tasa nominal anual, respectivamente. El texto propuesto para el artículo 69º es el siguiente: “La falta de pago en término de cualquiera de las tasas, derechos, contribuciones o cualquier otro tributo, anticipos, adicionales, ingresos a cuenta, retenciones, percepciones y multas, dará derecho a la aplicación del capítulo 7 parte general del artículo 26º inciso a) Código Tributario e inciso b) Interés Punitorio Anual’”. En caso de prosperar la iniciativa tal cual está, el Ejecutivo quedará facultado a la actualización de los intereses dispuestos a través de la emisión de un decreto.
Por su parte, el artículo 70º quedaría redactado de la siguiente manera: “Según lo dispuesto en el artículo 49º del Código Fiscal (ordenanza Nª 832), el interés de
financiación de planes de pago será determinado por el Ejecutivo a través del decreto respectivo”.
Al impulsar estos cambios, desde la intendencia hicieron notar que “al momento de la aprobación de la Ordenanza Impositiva, las tasas enunciadas precedentemente eran acordes a la situación económica y financiera”, sin embargo “en la actualidad se hace necesario realizar las adecuaciones pertinentes”.
“Ante la dinámica altamente volátil de nuestra economía, resulta imperioso
instrumentar un mecanismo de actualización mucho más dinámico y eficaz de las respectivas tasas facultando al Ejecutivo, como responsable de procurar la
recaudación, adecuarlas vía decretos”, explicaron en el documento girado al cuerpo legislativo.
Las modificaciones fueron planteadas ante “el cambiante contexto económico
argentino, que existe la constante búsqueda de alternativas económicas y financieras para el resguardo de los recursos y la recaudación municipal en un marco de equidad, proporcionalidad y razonabilidad en la percepción de los tributos”.
Tanto el Código Tributario Municipal (ordenanza Nª 832) como la Ordenanza Tributaria Anual (Nº 1732) brindan los lineamientos recaudatorios a los fines de lograr los objetivos propuestos. “La propia Ordenanza Tributaria tiene previsto un sistema de actualización que acompaña la realidad económica, adecuando los montos según los índices de inflación publicados por el Indec, buscando resguardar y mantener el nivel recaudatorio, conforme el incremento en el nivel general de precios”, recordaron entre los considerandos del proyecto.
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